El Sistema de Administración Tributaria , (SAT), y el banco tienen una relación mucho más cercana de lo que crees, todos tus depósitos podrían ser sujetos a revisión si el fisco los considera inusuales, por eso es muy importante tener muy claro qué tipo de transferencias puedes hacer sin necesidad de declarar y en qué casos es muy necesario.
¿El SAT te multa o cobra impuestos por transferencias entre padres e hijos?
Conforme a lo establecido en la Miscelánea Fiscal 2022 del SAT se cuenta como un ingreso extra toda transferencia entre cuentas propias que no podamos justificar y los montos rebasen los 5 o máximo 10 mil pesos.
Bajo esta lógica se tuvo duda de si las transferencias entre padres e hijos, o bien, entre esposos pudiera caer en este caso como “ingreso no declarado”, ante ello, el SAT lanzó un comunicado en redes y para prensa que señala que sólo revisan casos cuando haya discrepancias de gastos y ganancias, (egreso e ingreso), de personas físicas mayores a los 600,000 pesos al año.
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¿Puedes transferir dinero a tu hijo o esposo sin problemas?
Asimismo, en caso de alguna discrepancia, el SAT te permite deducir impuestos de tus hijos y pareja siempre y cuando vivan en la misma casa y la otra persona no genere ingresos, por lo que, en caso de una revisión del fisco, con que tu contador responda con la facturación del gasto que sea proporcional a lo que ganaste y el acta de nacimiento, matrimonio o concubinato, todo estaría bien.
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¿Puedo deducir los impuestos de lo que gasté en mis hijos o pareja?
De acuerdo con el SAT, todas las personas físicas tienen derecho a tener deducciones personales , pero para poderlo hacer debemos siempre pedir facturas electrónicas que incluyan su archivo PDF y XML que contengan los datos fiscales correspondientes, (RFC, régimen fiscal, dirección, lugar y fecha del comprobante, método de pago, entre otros), y que sean de dependientes económicos directos, (padres que vivan en la misma casa, pareja o hijos).
¿Hasta cuántos años puede revisar el SAT en discrepancias de pago de impuestos de una persona física?
Finalmente, como persona física tienes que tomar en cuenta que para acreditar una revisión del fisco necesitarías no declarar impuestos, rebasar el monto establecido o incongruencias, sin embargo, el SAT se reserva el derecho de auditar tus cuentas y declaraciones hasta 10 años.
Por lo que lo mejor será que guardes todos tus estados bancarios y tengas digitalizado cualquier documento que ponga como dependiente económico a tu pareja o hijos.
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