El SAT o Sistema de Administración Tributario ha realizado varios cambios y requerimientos a sus contribuyentes, desde ya tener que declarar la visita con el “brujo” de Catemaco hasta la Carta Porte obligatoria, (por mencionar algunos). Incluso el saber que ahora tus transferencias bancarias tienen conceptos que NO deberías incluir bajo ningún concepto a menos que quieras problemas con el fisco.
¿Para qué es el concepto de las transferencias bancarias?
El concepto de una transferencia o “concepto de pago” sirve para que los usuarios lleven un control de sus finanzas y que el SAT y los servicios financieros puedan identificar el motivo de las transacciones con el cual los bancos, negocios y entidades financieras saben el origen de cada transferencia bancaria.
Y aunque esa es la parte evidente, también debemos tener en cuenta que todas las cuentas ya son “fiscales” ante el SAT, por lo que el fisco siempre que note una discrepancia o el banco note que recibes dinero de forma inusual, podrían revisar tus ingresos y analizar las discrepancias que pudieran señalar que recibes dinero por fuentes no declaradas.
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¿Qué conceptos de transferencia se recomienda evitar?
Pese a que no podemos decir que hay conceptos de transferencia “prohibidos” se sabe que se penalizará el uso de palabras que hacen referencia a la prostitución, sustancias no legales, alcohol, armas o algún delito como robo o relacionado con el crimen, así como que pudiera prestarse a tergiversaciones o dobles sentidos.
¿Qué conceptos sí puedo poner en mis transferencias bancarias?
Siguiendo con las transferencias bancarias ante el SAT, es importante siempre decir la verdad sobre el uso del dinero y sus fines, sin embargo, algunas palabras claves y fáciles son: Ahorro, abono, pago 1 de equis cantidad, préstamo, el nombre del servicio, por dar ejemplos.
¿Qué hacer si hago una transferencia con un concepto dudoso o es de mi cuenta a otra a mi nombre?
Aunque ambas cuentas estén a tu nombre el SAT podría percibir como doble ingreso ese movimiento, por lo que es recomendable que se intente evitar hacerlo, sin embargo, si necesitas con urgencia dinero de una cuenta a otra procura que sea vía transferencia electrónica porque los depósitos de caja no se pueden rastrear y no habrá manera de comprobar que es el mismo dinero del que ya pagaste el IEPS, IVA o ISR correspondiente.
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