El concubinato, es el nombre que se le da a las parejas que viven juntas pero que aún no se han casado, pero que no existe ningún impedimento para que lo hagan, y cuenta como tal después de dos años de estar bajo el mismo techo, por lo que pueden tramitar a partir de entonces, un acta de concubinato en la CDMX.
Esta constancia les brinda certeza jurídica, así como obligaciones y derechos como la pensión alimenticia. A diferencia del matrimonio, para demostrar que se vivió en concubinato debe acreditarse el tiempo y haber procreado por lo menos un hijo.
Además, mediante esta forma de unión, la constancia o acta señala que las personas o pareja unieron sus vidas mediante la separación de bienes, pues la opción de sociedad conyugal no está permitida.
Debes tomar en cuenta que si la pareja decide separarse, tiene un año para solicitar sus derechos o los perderá, lo que no ocurre en el matrimonio, ya que sin importar el tiempo puede pedirse pensión alimenticia para los hijos.
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¿Cuáles son los requisitos para solicitar el acta de concubinato?
Los interesados en tramitar la constancia pueden dirigirse a cualquier registro civil de la CDMX.
Los requisitos para poder solicitarla son los siguientes:
• Presentar ambos su identificación oficial.
• Actas de nacimiento de los hijos, si es que los hay.
• Constancia de no matrimonio expedida por el registro civil.
• Constancia domiciliaria con al menos dos años de residencia.
• Asistir con dos testigos que no sean familiares con sus identificaciones.
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