Si estás bajo el régimen de 1973 tienes excelentes beneficios, pero... ¿qué pasa si estás bajo la Ley del 97?, te explicamos si tienes derecho a tu AFORE y el paso a paso para que puedas hacer uso de tu Fondo para el Retiro en Morelos.
- Necesitas al menos 825 semanas cotizadas.
- De los 60 a 64 años por Pensión por Cesantía
- De los 65 años en caso de Pensión por Vejez
- Y es importante que tengas tu expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
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Lo qué debes saber para acceder a tu AFORE bajo la Ley del 97 en Morelos
Los documentos que necesitas para acceder a tu AFORE son los siguientes:
• La Identificación oficial
• Estado de Cuenta de la AFORE
• Estado de tu cuenta bancaria con CLABE
Una vez que tienes lo anterior, debes esperar la Resolución de pensión emitida por el IMSS, posteriormente:
• Acude a la Subdelegación del IMSS y presenta tu Solicitud de Pensión.
• Espera la resolución.
• Cuando te entreguen la respuesta, tienes que acudir a tu AFORE para que ésta inicie tu pensión.
Existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:
Actualmente, bajo la Ley del 97, hay 3 formas es las que puedes obtener una pensión.
- Renta Vitalicia
- Retiro Programado
- Pensión Mínima Garantizada.
En el primer de los casos (Renta Vitalicia), es cuando una aseguradora se encarga de pagar tu pensión.
En el segundo (Retiro Programado), es cuando es tu AFORE el que paga la pensión.
Y en el tercer punto, (Pensión Mínima Garantizada), es el Gobierno Federal el que hace la función de entregartee pago de la pensión.
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