¿Dónde se prohibe fumar con la nueva Ley de Control de Tabaco?

Entró en vigor la nueva Ley de Control de Tabaco con la cual se endurecen las prohibiciones de fumar en espacios públicos así como su comercialización.

Carol Osegueda
Noticias
nueva ley control de tabaco en México
Waravut Pramapong / EyeEm/Getty Images

A partir del 15 de enero de 2023 entró en vigor la nueva Ley de Control de Tabaco con la cual se busca regular su consumo y venta, sobre todo proteger a la población menor de edad, ya que de acuerdo a las estadísticas, en México los fumadores actuales, alrededor de medio millón de personas, comenzaron a fumar desde los 12 años, en tanto 15 millones son fumadores activos en edad adulta.

Lo anterior, se establece en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación donde se establece lo siguiente:

“El Estado debe salvaguardar el interés superior de la niñez y la adolescencia, evitándoles el riesgo de que sean atraídos desde etapas tempranas de su vida por los productos del tabaco, que los exponen al riesgo de enfermedades graves y otras externalidades negativas más allá del ámbito sanitario”.

Estas modificaciones se realizan con la finalidad de promover y apoyar el abandono y lograr una reducción del consumo de los productos de tabaco en cualquiera de sus formas.

Asimismo tiene el objetivo de la prevención, orientación, control y vigilancia de las enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo.

En estos lugares queda prohibido fumar en México

Ya existían espacios libre de humo, pero ahora la nueva Ley de Control endurece la prohibición en establecimientos públicos, desde ahora está prohibido fumar en los siguientes establecimientos incluyendo parques, oficinas, bares, playas y hoteles.

Otros de los lugares donde está prohibido fumar son en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte.

Tienditas no podrán exhibir los productos

Asimismo, con la nueva Let de Control de Tabaco, en los puntos de venta queda prohibido exhibir las distintas marcas de cigarros a los consumidores, los cuales no podrán ser visibles, ni tampoco en tiendas de conveniencia o supermercados.

Únicamente podrán colocar una lista con las marcas y precios de los cigarrillos.

En el documento del Diario Oficial de la Federación se establecen los requisitos y características con las que deberá contar la lista textual y escrita de los productos de tabaco para su comercialización en los puntos de venta.

“Esta lista textual y escrita deberá ser impresa en una o varias hojas de papel bond con fondo blanco tamaño carta, en orientación horizontal, contar con una dimensión total de veintisiete punto nueve (27.9) centímetros de largo por veintiuno punto cincuenta y nueve (21.59) centímetros de ancho, deberá ser estampada en formato de altas y bajas, tipografía Arial tamaño 12, en color negro sin interlineado, alineación a la izquierda, sobre fondo blanco, sin logotipos, sellos, colores, imágenes o cualquier elemento o contenido visual que emule a alguna identidad comercial o los elementos de las marcas de los productos del tabaco”, se lee en el documento.

Además, con la nueva ley tampoco se podrán promocionar los productos de tabaco en redes sociales, anuncios de Internet u otros medios como el cine y la televisión.

Es de mencionar que, en México la importación de cigarrillos electrónicos o vapeadores está prohibida desde el año anterior por decreto presidencial, así como su venta por los daños nocivos que causan a la salud.

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